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¿Que es la COMISIÓN EVALUADORA Y CALIFICADORA MEDICA?
Es la encargada de determinar la naturaleza de la
incapacidad de los asegurados subsidiados y/o con 150
días de descansos médicos continuos, para determinar si
la incapacidad es temporal o permanente.
¿POR QUE EL ASEGURADO DEBE PASAR EVALUACIÓN MEDICA?
Es una norma establecida en el reglamento del D.L.
26790 Ley de la Modernización de la Seguridad Social.
¿QUE ESTARÍA PREVINIENDO?
-
Que su empleador le suspenda su ingreso económico.
-
Que el medico de control de su centro asistencial
no le otorgue el VºBº para cobrar sus
subsidios.
-
Evitar problemas económicos y familiares.
A QUE SE LE DENOMINA INCAPACIDAD.
Es la restricción física y/o mental con ausencia de
capacidad para realizar una actividad en la forma o
dentro del margen que se considera normal para el
individuo de causa laboral o general y que está regulada
por las normas de seguridad social o de los sistemas
previsionales.
NATURALEZA DE LA INCAPACIDAD:
Cuando el impedimento se puede resolver en un periodo de
340 días consecutivos o 540 días no consecutivos en un
lapso de 36 meses calendarios.
Cuando el impedimento requiere de un tiempo
prolongado para su recuperación.
QUE ES SUBSIDIO
Es la
retribución económica que otorga EsSalud (prestaciones
económicas) por la pérdida de la capacidad laboral
habitual por el deterioro de la salud.
QUE
ES LA EVALUACIÓN MÉDICA.
Es el proceso medico realizado por los especialistas de
acuerdo al caso en particular que permite a los miembros
(3) médicos configurar un impedimento y relacionarlo a
riesgos de tipo laboral o generales (enfermedades
congénitas, anormalidades fisiológicas de la vejez o
pubertad, etc.) con la finalidad de evaluar la capacidad
física, funcional, mental.
LA COMISIÓN EVALUADORA MEDICA ATIENDE LOS SIGUIENTES CASOS
QUE ACREDITEN
PERTENECER A LA RED ASISTENCIAL.
-
Evaluaciones Medicas de pacientes con 150 días de
descansos médicos continuos derivados por el médico
de control y/o medico tratante, trabajadoras
sociales.
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Evaluaciones Medicas de pacientes con más de 310
días de descansos médicos no continuos en un periodo
de 540 días derivados por el médico de control o
agencias de EsSalud.
-
Evaluaciones Medicas para ser presentadas a la ONP,
solo se atenderán a los pacientes que entreguen
carta de presentación de la ONP solicitando
evaluación medica.
-
Evaluaciones Medicas a los hijos y/o cónyuges
incapacitados para obtener beneficio económico del
D.L. 20530.
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Evaluaciones Medicas por enfermedades profesionales
y/o accidentes de trabajo solicitadas por la ONP
previa carta.
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Evaluaciones Medicas por enfermedades profesionales
y/o accidentes de trabajo solicitadas por el poder
judicial y/o pacientes por recursos propios que
acrediten pertenecer a la Red.
-
Evaluaciones Medicas para obtener en la Derrama
Magisterial y/o del seguro EsSalud- Vida.
ENFERMEDAD PROFESIONAL.
Es todo estado patológico permanente o temporal que
sobreviene al trabajador como consecuencia directa de la
clase de trabajo que desempeña o del medio ambiente en
que trabaja.
EJM. Trabajador minero.
ACCIDENTE DE TRABAJO.
Es toda lesión corporal producida en el centro de
trabajo o con ocasión de las labores para la cuales ha
sido contratado el trabajador, fortuita u ocasional de
una fuerza externa y repentina, violenta que obra
súbitamente sobre la persona independiente de su
voluntad y que pueda ser determinada por los médicos de
una manera cierta.
OFICINA DE LA COMISIÓN EVALUADORA Y CALIFICADORA MÉDICA
EsSalud
265490- 2654504- ANEXO 3299
Horario: Lunes a Viernes . 8.00 am a 12.M.
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